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OBJETOPuede ser registrados como marca todo signo susceptible de representación gráfica que sirva para distinguir en el mercado los productos o servicios de una empresa de los de otras.La duración es de 10 años contados desde la fecha de solicitud. La vigencia puede ser extendida por iguales periodos mediante el pago de las correspondientes tasas de renovación. No pueden ser registrados como marca los signos genéricos, ciertos signos geográficos, los que ya constituyen marca si media oposición, y otros por causa de carecer de carácter distintivo. Puede reivindicarse prioridad de una solicitud de marca anterior presentada dentro de los seis meses anteriores a la fecha de solicitud de la marca española PROCEDIMIENTOUna vez realizada la búsqueda previa, que recomendamos, una solicitud de marca sigue el siguiente proceso de inscripción:
Cualquier resolución es susceptible de recurso administrativo, y ante los Tribunales de Justicia. Una marca se solicita para una o más clases de la Clasificación de Niza. Pueden ser compatibles marcas similares registradas para distinguir productos o servicios diferentes. REQUISITOSLos requisitos para la solicitud de un registro de marca en España son los siguientes:
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